Interés a plazo fijo en los Bancos
Cuando se negocia un préstamo o una hipoteca con una entidad bancaria, existen dos opciones de interés a afrontar según nos plantee la entidad a la hora de concedernos el préstamo, y una de ellas es el interés a plazo fijo.
Tal como su nombre lo indica, dicho interés no sufrirá variación alguna desde que se suscriba el préstamo hipotecario hasta que concluya el mismo. Lo que puede ser ventajoso cuando las tasas de interés suben pero desventajoso cuando bajan, ya que al igual que suben y bajan en ningún momento varían la tasa del interés previamente fijado.
Aunque ello podría considerarse una mala elección debido a que el interés a plazo fijo en los bancos se mantiene inalterable durante toda la duración del préstamo tiene la ventaja que las amortizaciones son más bajas que las que se aplicarían a un préstamo hipotecario con interés variable. Este tipo de interés es muy común en los préstamos hipotecarios y en la negocación de bonos.
Cuando se desea obtener un préstamo y no se tiene una gran capacidad de pago o la misma no se ve que se pueda cambiar a aumentar la cantidad de la cuota de amortización o que no se vean mejoras en los ingresos como para hacer frente al pago de la deuda en mayor cuantía en determinado momento, es cuando el interés de plazo fijo de los bancos, cobra verdadera importancia, porque no se renuncia a la oportunidad de obtener el mismo y quizá afrontar un pago imposible en algún momento, sencillamente porque el interés fijado no variará con lo que podrá sentirse la confianza de que en ese aspecto no habrán sobresaltos.
Y aunque este tipo de interés a plazo fijo en los bancos, es un compromiso que no sufrirá variación alguna en mucho tiempo o al menos hasta que se termine de amortizar el compromiso contraído, existe en algunas ocasiones y en algunas de las entidades bancarias las posibilidades de negociación, que basadas en la posibilidad de que los intereses bajen mucho, los deudores puedan negociar un pago del interés a plazo fijo en una cantidad menor a la acordada que se beneficie de la baja de las tasas de interés aunque no sea por la total de la baja de valor, al menos lo es en alguna medida menor de la cuota fijada con anterioridad a plazo fijo.